Asilo · Tarifas

Tarifa anual de asilo: cuánto es, quién la paga y cómo pagarla

6 min · Publicado 20 oct 2026 · Actualizado 20 oct 2026 · Federal Register 2026-20187

La tarifa anual de asilo sube a $105 desde el 16 de octubre de 2026. Quién debe pagarla, cómo pagarla en USCIS o en la corte (EOIR) y qué pasa si no pagas.

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La tarifa anual de asilo (Annual Asylum Fee o AAF) es un cobro que creó la ley H.R. 1 para las solicitudes de asilo que siguen pendientes. Se paga a USCIS o a la corte de inmigración (EOIR), según dónde esté tu caso, y el monto cambia cada año.

¿Cuánto cuesta la tarifa anual de asilo?

La tarifa la creó la ley H.R. 1 (Ley Pública 119-21) y se ajusta cada año por inflación. Para el año fiscal 2027 la tarifa anual es de $105, vigente desde el 16 de octubre de 2026. Las solicitudes con matasellos del 16 de octubre de 2026 o posterior que no incluyan la tarifa correcta se rechazan (Federal Register 2026-20187).

Concepto (H.R. 1)Año fiscal 2026Año fiscal 2027 (desde 16 oct 2026)Fuente
Tarifa anual de asilo (I-589 pendiente)$102$105FR 2026-20187
Tarifa inicial de asilo (I-589)$100$100FR 2026-20187

La corte de inmigración también lista la tarifa anual de asilo en $105 (EOIR, Types of Appeals, Motions, and Required Fees).

¿Quién debe pagarla y cuándo?

La debe pagar quien tenga una solicitud de asilo pendiente por al menos un año. Según el EOIR, la paga toda persona cuya solicitud de asilo haya estado pendiente un año o más en o después del 1 de octubre de 2025. Si la solicitud sigue pendiente 365 días después de la fecha en que venció el primer pago, se debe pagar otra vez, y así cada año (EOIR, Payment Portal FAQ, actualizada el 31 jul 2026).

En USCIS, la tarifa la paga solo el solicitante principal del I-589, por cada año que la solicitud siga pendiente, además de cualquier otra tarifa (USCIS, Formulario I-589).

Cómo pagar si tu caso está en la corte de inmigración (EOIR)

  1. Entra al EOIR Payment Portal.
  2. En el tipo de presentación (Filing Type) elige «Court – Form I-589, Annual Asylum Fee for Asylum and Withholding of Removal (AAF)».
  3. Escribe tu número A y haz clic en «Pay Now».
  4. Guarda o imprime el recibo digital en ese momento: trae un Tracking ID y no te llega copia por correo electrónico.

El juez de inmigración o la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) emite una orden escrita sobre el pago de la tarifa (EOIR, Payment Portal FAQ).

Cómo pagar si tu caso está en USCIS (asilo afirmativo)

Según la página del Formulario I-589 de USCIS:

  1. Espera el aviso de USCIS. USCIS envía un aviso a cada persona que debe pagar, con el monto y la forma de pago. Si tienes un representante con Formulario G-28, también le llega a él.
  2. Ten a mano tus números. Necesitas tu número A y el número de recibo que aparece arriba en tu aviso de la tarifa anual.
  3. Paga en línea en my.uscis.gov/accounts/annual-asylum-fee/start/overview.
  4. Hazlo dentro de 30 días desde que USCIS envía el aviso.

Mientras la tarifa siga pendiente de pago, USCIS no puede aprobar tu solicitud de asilo (USCIS, Formulario I-589).

USCIS también indica que, desde el 5 de febrero de 2026, no cobra la tarifa anual de asilo a los miembros del acuerdo Ms. L. v. ICE ni a sus familiares calificados, por una orden judicial (USCIS, Formulario I-589).

¿Qué pasa si no pago la tarifa anual?

Casos en USCIS. Si no pagas dentro de 30 días desde el aviso, USCIS rechaza tu solicitud de asilo pendiente. Si no tienes estatus legal en EE. UU., USCIS también inicia tu proceso de expulsión (removal). Cuando USCIS rechaza la solicitud de asilo, también niega cualquier Formulario I-765 pendiente basado en ella, y quien ya tenía permiso de trabajo por esa solicitud lo pierde de inmediato (alerta de USCIS del 28 abr 2026; regla final interina, FR 2026-08333, vigente desde el 29 de mayo de 2026).

Casos en la corte (EOIR). El juez de inmigración o la BIA emite una orden escrita sobre el pago de la tarifa (EOIR, Payment Portal FAQ). Lee esa orden con atención.

¿Se puede pedir exención (fee waiver)?

No. USCIS dice que no puedes pedir una exención de la tarifa anual de asilo (USCIS, Formulario I-589). El G-1055 vigente (edición 10/16/26) indica que no puedes pedir una exención, con el Formulario I-912 ni por escrito, de las tarifas que exige la Ley Pública 119-21 (USCIS, G-1055). En la corte, el EOIR tampoco permite exención ni reducción de esta tarifa (EOIR, Types of Appeals, Motions, and Required Fees).

Si tienes dudas sobre tu caso, consulta con un abogado de inmigración o un representante acreditado.

Revisa tu caso antes y después de pagar


Actualizado el 20 de octubre de 2026. Fuentes oficiales: Federal Register 2026-20187, EOIR Payment Portal FAQ, USCIS I-589 y USCIS G-1055. Cómo verificamos cada dato: metodología. Esta guía es información general, no asesoría legal: lee el descargo de responsabilidad.

Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la tarifa anual de asilo en 2026?

Desde el 16 de octubre de 2026 es de $105; antes era de $102. Lo fija el aviso 2026-20187 del Federal Register para el año fiscal 2027, y la corte de inmigración (EOIR) también lista $105.

¿Cómo pago la tarifa anual si mi caso está en corte?

En el EOIR Payment Portal: eliges el tipo de presentación «Court – Form I-589, Annual Asylum Fee for Asylum and Withholding of Removal (AAF)», escribes tu número A y haces clic en «Pay Now». Guarda o imprime en ese momento el recibo con el Tracking ID, porque no te llega copia por correo electrónico.

¿Tengo que pagarla cada año?

Sí, mientras tu solicitud siga pendiente. Según el EOIR, si la solicitud sigue pendiente 365 días después de la fecha en que venció el primer pago, se vuelve a pagar, y así cada año.

¿Puedo pedir que me la perdonen?

No. USCIS indica que no puedes pedir una exención de la tarifa anual de asilo, y el G-1055 dice que las tarifas de la Ley Pública 119-21 (H.R. 1) no se pueden eximir. El EOIR tampoco permite exención ni reducción.

Esta guía es información general basada en fuentes oficiales de USCIS y EOIR. No es asesoría legal ni sustituye a un abogado de inmigración con licencia. Verifica siempre los detalles en las páginas oficiales antes de actuar.